viernes, 19 de febrero de 2021

Acordada N° 13276 de la Corte de Justicia de la provincia de Salta

Acordada N° 13276 de la Corte de Justicia de la provincia de Salta - Adhesión al Protocolo de Actuación para el Funcionamiento de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños 


En la ciudad de Salta, a los 12 días del mes de enero del año dos mil veintiuno, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que la Comisión Nacional de Acceso a Justicia (CNAJ) presidida por la señora Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Dra. Elena Highton de Nolasco e integrada por representantes de la Magistratura de ese Tribunal, de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMyFJN), de la Federación de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ju.Fe.Jus.) y de la Federación de la Magistratura (FAM), impulsó y aprobó el Protocolo de Actuación para el Funcionamiento de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños, que tiene por finalidad brindar pautas de actuación a los operadores del Convenio de La Haya del 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (Convenio de La Haya) y de la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores de 1989 (Convención Interamericana), por lo que se ha sugerido su adhesión y difusión por parte de los jueces competentes de todo el país.

Que asimismo, con el objetivo de favorecer un mejor acceso a justicia y optimizar el funcionamiento de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños en el país, la mencionada Comisión, a través de su respectiva Coordinación, informó que a partir del 01 de febrero de 2021 dará inicio la experiencia piloto de mediación para la aplicación de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños, para lo cual se han capacitado mediadores y mediadoras de todo el país, entre los cuales se encuentran profesionales de este Poder Judicial.

Que en virtud de la trascendencia del Protocolo y de la experiencia piloto de mediación como herramienta para atender los procesos de restitución de niñas, niños o adolescentes, es que resulta conveniente la adhesión de este Poder Judicial para su aplicación por los tribunales y juzgados competentes de la provincia, como también la participación del Poder Judicial en la implementación de la mediación a la aplicación de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. Adherir al Protocolo de Actuación para el Funcionamiento de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños aprobado por la Comisión Nacional de Acceso a Justicia (CNAJ), el que como anexo forma parte de la presente.

II. Disponer la participación del Poder Judicial de Salta en la experiencia piloto para la implementación de la mediación a la aplicación de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños.

III. Comunicar a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que certifica. – Catalano – Ovejero Cornejo – Rodríguez Faraldo – Bonari – Viñals – Samsón – Loutayf.

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